1.- Compañía organizadora
La fundación eomaia con domicilio social en López Mora 5 5°C Esc.Dcha VIGO (España) con CIF G-27729326 es la encargada de organizar este sorteo en beneficio del proyecto I Congreso Parto de Min.cto I Congreso Parto de Min.
2.- Desvinculación con respecto a Meta
Meta no patrocina, avala ni administra de modo alguno esta promoción, ni está asociado a ella. El usuario se desvincula totalmente de Meta y es consciente de que está proporcionando su información al organizador y no a Meta. La información que proporcione se utilizará para: gestionar la participación del concursante y para comunicarle el premio.
3.- Objeto y mecánica del sorteo
Los sorteos que se ofrecen desde la página oficial de Meta del Congreso Parto de Min seguirán siempre una mecánica fija que es la siguiente:
- Hacer click en “me gusta” a la publicación del sorteo
- Compartir la publicación del sorteo en el perfil personal de forma pública.
- Comentar la publicación etiquetando al menos a dos personas. Un comentario con dos personas te da una participación al sorteo, los comentarios adicionales con más personas te dan una participación extra.
4.- Duración y Ámbito
El ámbito del sorteo se limita a la zona Peninsular.
La fecha de comienzo del sorteo se indica en la publicación del mismo, así como su resolución.
5.-Requisitos para participar
Podrán participar en la Promoción:
Todas las personas físicas mayores de 18 años con residencia en la península de España que sean fans de la página oficial de Meta de Congreso Parto de Min y que cuenten con un perfil de usuario real en Meta.
No podrán participar:
- Empleados de la fundación.
- Perfiles fraudulentos.
*El organizador se reserva el derecho de comprobar si los perfiles participantes son aptos para conseguir el premio.
6.- Selección del ganador
El ganador se elegirá a través de un sorteo aleatorio entre todos los participantes.
Si el ganador/a no contacta con el organizador en un plazo máximo de 15 días el premio pasará al siguiente de la lista de ganadores. Si el ganador no recepciona el envío del premio, y por tanto el premio es devuelto al organizador, entendemos que el ganador rechaza el premio y quedará acumulado para la realización de futuros sorteos.
7.- Premios
La descripción de los premios sorteados se podrá obtener en la publicación correspondiente del sorteo.
8.- Reservas y limitaciones
El organizador queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados por los ganadores que impidiera su identificación.
Igualmente no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos o cualquier otra circunstancia imputable a la empresa transportista que puedan afectar al envío de los premios.
El organizador se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación del sorteo.
El organizador se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin del sorteo cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término en la forma en que recogen las presentes bases.
El organizador se reserva el derecho a aplazar o ampliar el período del sorteo, así como la facultad de interpretar las presentes bases legales.
Asimismo, la empresa organizadora quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio.
9.- Protección de datos
El organizador garantiza el cumplimiento íntegro de la legislación vigente en el ámbito de la Protección de Datos de Carácter Personal en el tratamiento de los datos personales recogidos en el presente sorteo, en especial por lo que se refiere a la atención del ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos personales de los concursantes.
10.- Aceptación de las bases.
La simple participación en el sorteo implica la aceptación de las presentes Bases, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas implica la exclusión del participante y como consecuencia de ello, el organizador quedará liberado del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.